Congreso aprobó en segunda votación el límite general de inversión de los fondos de pensiones. A la fecha, es de 50%.

La Comisión Permanente del Congreso de la República aprobó en segunda votación el texto sustitutorio que amplía de 50% a un 80% el límite máximo para que las administradoras de fondos de pensiones (AFP) inviertan los ahorros de sus afiliados en diferentes instrumentos financieros del extranjero.
La propuesta fue aprobada con 17 votos a favor, 5 en contra y 2 abstenciones. El congresista Ilich López, presidente de la Comisión de Economía explicó que esta ley permite a los afiliados elegir libremente su fondo de capitalización en cualquier AFP y realizar aportes desde el extranjero sin restricciones.
En un anterior diálogo con La República, el economista especializado en finanzas, César Antúnez, explicó que los conflictos internacionales suelen impactar en la rentabilidad de los fondos de pensiones, toda vez que existe una alta exposición a los mercados globales. “Las AFPs siempre tienen invertido su portafolio en todo el mundo. La proporción es 50% en el exterior y 50% en el mercado nacional”, señaló.
Ahora con lo aprobado por el Congreso, se modifica el literal d) del artículo 25-D del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Pensiones. Así, el nuevo texto establece que «la suma de las inversiones en instrumentos emitidos por gobiernos, entidades financieras y no financieras, cuya actividad económica se realice mayoritariamente en el exterior, como máximo hasta el 80% del valor del fondo. El límite operativo continuará siendo fijado por el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP)”.
El legislador López Ureña precisó que el «límite operativo» lo determina el BCRP a través de sus órganos técnicos, lo que significa que será la autoridad monetaria la que definirá el porcentaje efectivo que podrán aplicar las AFP dentro del nuevo rango legal.
Es preciso recordar que cuando se gestó este proyecto de ley, a iniciativa del fujimorista Juan Carlos Lizarzaburu, en 2020, el BCRP advirtió que cualquier ampliación del límite debía considerar la evolución del mercado de capitales local.
«En particular, si los montos que tienen las AFP para invertir, resultado de los aportes y las rentabilidades de los fondos, supera a los títulos valores disponibles en el mercado local, se generaría un exceso de demanda que se reflejaría en una alta concentración de las inversiones de las AFP en pocos instrumentos financieros y una presión al alza en los precios de dichos activos», reza la respuesta de opinión del BCRP.
Agregó que si bien las ampliaciones graduales del límite de inversión en el exterior han permitido atenuar la exposición al riesgo doméstico, en la coyuntura actual de incertidumbre y volatilidad en el mercado cambiario, no sería oportuno elevar dicho límite.
Fuente: Diario La República
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