Nueva Ley Agraria en Perú: agroexportadoras pagarán solo 15% de Impuesto a la Renta desde 2026

La norma ofrece beneficios tributarios hasta 2035, busca fomentar inversiones en infraestructura hídrica y vincular a pequeños productores con las grandes empresas del agro.

Después de semanas de debate, el Congreso de la República promulgó oficialmente la nueva Ley Agraria (Ley N° 32434), que otorga importantes incentivos tributarios al sector agroexportador. Una de las disposiciones más relevantes es la reducción del Impuesto a la Renta (IR) al 15% para las empresas agrarias durante el periodo 2026-2035, un beneficio que reemplazará gradualmente el régimen actual y busca estimular la inversión en el sector.

A partir del año 2036, las empresas del rubro pasarán a tributar bajo el régimen general, con una tasa del 29.5%.

La medida, respaldada tanto por el ministro de Desarrollo Agrario, Ángel Manero, como por el titular del Ministerio de Economía y Finanzas, Raúl Pérez Reyes, fue publicada en una edición extraordinaria del diario oficial “El Peruano”, confirmando así su entrada en vigor.

📉 Beneficios tributarios para impulsar al agro

Además de la reducción del IR, la ley contempla un régimen especial de depreciación. Las empresas agrarias podrán depreciar el 20% anual de las inversiones realizadas en infraestructura hidráulica y obras de riego —como canales, reservorios o sistemas de irrigación— que se ejecuten entre 2026 y 2035, siempre que estén destinadas a generar rentas gravadas.

También se ha establecido un incentivo para fortalecer la relación con pequeños productores: las agroexportadoras podrán aplicar una deducción adicional del 25% sobre el valor de los productos adquiridos a estos productores, siempre que estén inscritos en el Padrón de Productores Agrarios o formen parte de cooperativas y asociaciones registradas oficialmente.

Esta deducción adicional estará limitada al 10% del total de compras deducibles registradas en los libros contables.

🧾 Cambios también para pequeños productores agrarios

La ley también contempla beneficios para los pequeños productores agrarios, diferenciándolos según sus ingresos anuales:

  • Hasta 30 UIT (S/154,500 aprox.): estarán exonerados del Impuesto a la Renta.
  • Entre 30 y 150 UIT: tributarán solo el 1.5% del monto que exceda las 30 UIT, con pagos considerados definitivos.
  • Más de 150 UIT: deberán tributar como una empresa agraria regular, según el régimen general.

Una norma con amplio respaldo… y críticas en el horizonte

Aunque la ley ha sido bien recibida por el sector privado agrario, algunas voces han advertido sobre la necesidad de revisar los beneficios tributarios a otros sectores, y de asegurar que estos incentivos realmente se traduzcan en mejores condiciones laborales, mayor formalización y fortalecimiento de los pequeños productores.

El Gobierno ha defendido la medida como parte de una política de impulso al sector agrario, fundamental para las exportaciones y el desarrollo económico nacional.