La denominada “Ley del borrachito”, que propone devolver la licencia de conducir a conductores sancionados por manejar ebrios, marcó dos posiciones firmes.

Por un lado apoyada por los hombres del volante, quienes piden una segunda oportunidad y otra de funcionarios, que consideran que no debería aprobarse.
En la región Junín, sin embargo, el Consejo Regional de Seguridad Vial (CRSV), detalló que los accidentes registrados el año 2023, llegó a 3687; dejó 3209 heridos y 269 muertos, además el 11.2% fueron ocasionados por conductores ebrios.
Propuesta
la denominada ‘Ley del borrachito’ fue presentada por el congresista Jorge Flores Ancachi, de Podemos Perú, esta impulsa un proyecto que permitiría a choferes sancionados por manejar bajo los efectos del alcohol recuperar su licencia con solo pagar una multa reducida hasta el 80%; exige la participación en un curso de capacitación; solo aplicaría para casos con daños materiales, no con fallecidos.
Posiciones se contraponen
“Llama mucho la atención, este tipo de proyectos de ley. El tema de manejar ebrio es una responsabilidad muy alta que se toma porque puede ocasionar muertes. Conducir con alcohol, disminuye la capacidad de respuesta así como la visión del chofer. Me parece muy desatinado y no apoyamos esta propuesta”, dijo el gerente de Tránsito y Transporte MPH, Jorge Quispe.
Por su parte el secretario de asuntos legales del Sindicato de Conductores y Afines de la Región Junín, Fernando Quillas, respaldó la iniciativa presentada por Jorge Flores, asegurando que los hombres del volante inhabilitados esperan una segunda oportunidad para seguir trabajando.
“Hay muchas interpretaciones que no se ajustan a lo que manifiesta el proyecto de ley. Estamos a favor del trabajo que hay en todo el país. Esta norma alcanza a los conductores que han sido sancionados con daños materiales. En Junín hay entre 5 mil y 10 mil inhabilitados” citó Quillas.
Norma actual
El ilícito tipificado en el artículo 274 del Código Penal, que es conducir en estado de ebriedad o drogadicción, puede ser castigado con tres años de cárcel y, si ello ocasiona la muerte de un peatón, hasta con ocho años. Los particulares no pueden tener más de 0.5 gms/litro de alcohol en la sangre, y en transporte público es de 0.25 gms/ litro.
En ambos casos, aplica la suspensión temporal de la licencia de conducir, si no se registra accidente y la multa es hasta 4200 soles.
Fuente: Diario Correo